El Hospital de León incumple la ley de Igualdad por falta de plantilla médica
La gerencia asegura que el derecho sólo se ha pospuesto hasta disponer de personal para sustituir a los facultativos
Personal de Urgencias es privado de reducir la jornada para cuidar a sus criaturas.

Urgencias no es buen sitio para conciliar la vida laboral y familiar. Y menos aún en el Hospital de León donde varios médicos, tanto hombres como mujeres, son privados de ejercer su derecho a reducir la jornada laboral para cuidar a sus hijos e hijas por «razones de cobertura de las necesidades asistenciales», tal y como argumentó el director gerente, Francisco Soriano, en respuesta escrita a las personas afectadas.

La gerencia suspendió este derecho a algún médico después de concedérselo argumentando que «se han realizado las gestiones necesarias para la sustitución de su ausencia, comprobando la inexistencia de demanda de empleo de personal de su categoría y, por tanto, la imposibilidad de sustitución». Hay dos personas en el mismo servicio que disfrutan del derecho desde hace un año.

El director médico, Lisardo Barriuso, asegura que «no se ha negado este derecho, sólo se ha pospuesto hasta que las necesidades del servicio lo permitan o encontremos personal para cubrir las medias jornadas». Barriuso agrega que «nos presentaron cinco peticiones en el mismo mes y es imposible cubrir esos puestos dada la escasez de médicos que se padece en todo el país». «No podíamos dejar de cubrir las urgencias durante el verano», agregó.

Dos de las personas afectadas, un hombre y una mujer, han interpuesto recursos de reposición ante la gerencia del Complejo Asistencial de León, cuya única reacción ha sido el silencio administrativo. Ha transcurrido más de un mes desde que presentaron el recurso sin que se haya producido respuesta de la Gerencia de Salud de la Junta.

El juzgado de lo contencioso administrativo de León tendrá que resolver la primera demanda que se ha presentado hasta ahora por la negativa de este derecho, aunque no se espera una sentencia hasta que finalice el año. Se trata de un caso insólito, por tratarse de una adminsitración pública, y sin precedentes en la jurisprudencia, reconocen diferentes letrados, ya que la reducción de jornada por guarda de menores «es un derecho incuestionable».

El Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 reconoce a los funcionarios el derecho a reducir su jornada de trabajo, con la disminución proporcional de sus retribuciones «por razones de guarda legal cuando tenga al cuidado directo algún menor de doce años». Este es el marco normativo por el que se rigen los médicos del servicio de Urgencias.

Asimismo, este derecho aparece reconocido en la Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, de 1999, y en la ley de Igualdad de 2007, que establece el deber de las administraciones públicas de «facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral sin menoscabo de la promoción profesional».

La actitud del hospital leonés choca con el discurso de la Junta de Castilla y León, que alardea de su política de conciliación de la vida laboral y familiar, como las ayudas a aquellos trabajadores que se acogen a reducciones de jornada o excendencias y también a las empresas que facilitan la compatibilidad entre trabajo y crianza.

«En urgencias se trabaja sin descanso, hay que tomar decisiones rápidas, satisfacer al usuario y salvar vidas. Para fidelizar a la plantilla hay que mejorar sus condiciones de trabajo» CARMEN ÁMEZ, área de Sanidad de FSP-UGT en León.

Diario de León